Como carpintero, ebanista o fabricante de muebles, usted introduce productos acabados en el mercado; pero, según el Reglamento de la UE contra la deforestación (EUDR), que deba presentar una declaración de diligencia debida propia depende de si su madera ya está cubierta. Desde la modificación de diciembre de 2025 rige: quien fabrica a partir de madera ya cubierta es operador posterior (downstream operator) y no presenta una declaración propia. Quien importa su propia madera o transforma madera aún no cubierta es primer operador con plena diligencia debida.
Su papel en la cadena de suministro
Lo decisivo no es que usted fabrique un nuevo producto, sino si la madera empleada ya está cubierta por una declaración de diligencia debida. De ahí surgen tres casos típicos:
- Madera aserrada ya cubierta, del aserradero o del mayorista (con número de referencia): usted es operador posterior —sin declaración propia—; gestiona los números de referencia y los transmite.
- Madera importada por usted mismo (por ejemplo, madera tropical directamente desde un tercer país): usted es primer operador, con plena diligencia debida: geolocalización, evaluación de riesgo y declaración propia. Las maderas tropicales suelen proceder de países con riesgo estándar o alto, es decir, con pruebas adicionales.
- Compra directa a un propietario forestal aún no registrado: los pequeños propietarios forestales no están obligados hasta mediados de 2027, o simplemente aún no han registrado nada; entonces su madera no está cubierta y usted se convierte, de hecho, en primer operador, que recaba él mismo los datos de origen y presenta la declaración.
Los talleres más pequeños se consideran casi siempre pymes y, en el papel posterior, tienen las obligaciones mínimas: como pyme ni siquiera tienen que registrarse en TRACES. Pero la simplificación solo se aplica si la madera ya ha sido cubierta por otra persona.
Por qué casi todo taller necesita un sistema: en los tres casos hay trabajo. En el caso posterior debe recopilar, comprobar y transmitir los números de referencia (y sin una referencia válida no puede transformarse ni venderse ninguna entrega); en el caso de primer operador, recabar la geolocalización, evaluar el riesgo y presentar la declaración. Precisamente al comprar a pequeños propietarios forestales el esfuerzo recae a menudo en usted, porque el proveedor no aporta nada.
Sus obligaciones
Siempre, con independencia de su papel:
- Documentar el origen de la madera por lote: proveedor, especie de madera, cantidad y —si la madera ya está cubierta— el número de referencia de la declaración del proveedor.
- Recopilar y archivar las facturas de proveedores y los certificados (FSC, PEFC).
- Al transmitir la mercancía (por ejemplo, al comercio de muebles): entregar el número de referencia con el albarán.
- Conservar todos los justificantes en formato digital durante cinco años.
Además, si usted es primer operador (importación propia o madera aún no cubierta):
- Recabar las coordenadas geográficas de la superficie de aprovechamiento y las pruebas de legalidad.
- Evaluar el riesgo de deforestación y de legalidad y mitigarlo si es necesario.
- Presentar una declaración de diligencia debida propia a través del sistema de la UE TRACES NT.
Proceso típico en el taller
- Pedido de madera al aserradero o al mayorista: el número de la declaración se entrega junto con la madera.
- Entrada de mercancía: el lote se da de alta en el sistema y se vincula al encargo.
- Transformación en el mueble: el sistema conecta el lote de madera con la lista de materiales.
- Con madera ya cubierta se toma y comprueba el número de referencia; con madera importada por usted mismo o aún no cubierta se genera la declaración propia y se presenta a través de TRACES NT.
- El documento del cliente contiene el número de la declaración para la siguiente fase de la cadena.
Consejo práctico: recopile ya hoy las referencias de declaración de sus proveedores de madera, aunque su plazo no entre hasta 2027. Así evita que una entrega quede en su taller sin justificante. Cómo rellenar una declaración lo muestra el artículo Rellenar la declaración de diligencia debida – paso a paso.
Qué debe poder hacer el software
- Ficha de materiales con especie de madera, lote y proveedor
- Registrar, comprobar y transmitir los números de referencia a los clientes
- Vínculo entre la lista de materiales y el encargo
- Gestión de certificados (FSC, PEFC)
- Comprobación de geolocalización y riesgo para madera importada por usted mismo o aún no cubierta
- Declaración de diligencia debida propia con conexión a TRACES NT, si usted es primer operador
- Expediente para la autoridad a un solo clic y archivo de 5 años de todos los justificantes
Plazos para carpinteros y ebanistas
| Tamaño de la empresa | Obligatorio desde |
|---|---|
| Empresas más grandes | 30 de diciembre de 2026 |
| Pequeñas y medianas empresas (pymes) | 30 de diciembre de 2026* |
* Importante para el sector de la madera: Según el art. 38, apdo. 3, el plazo ampliado hasta el 30 de junio de 2027 – solo para personas físicas, microempresas y pequeñas empresas establecidas a 31 de diciembre de 2024 – solo se aplica a productos que no estaban ya cubiertos por el antiguo Reglamento de la madera (EUTR). La madera en rollo, la madera aserrada, los tableros y los muebles sí lo estaban: para ellos rige el 30 de diciembre de 2026 con independencia del tamaño de la empresa.
Aunque la mayoría de los talleres de carpintería y ebanistería son pymes: para la madera y los muebles rige el 30 de diciembre de 2026, porque ya estaban cubiertos por el antiguo Reglamento de la madera (EUTR). Aproveche el tiempo para registrar correctamente a sus proveedores y certificados. Qué simplificaciones ha aprobado últimamente la UE lo explica Las simplificaciones de la EUDR por parte de la UE.
Presentación mediante un representante autorizado
No tiene por qué presentar la declaración usted mismo. Según el art. 6, las personas físicas y las microempresas pueden designar a un representante autorizado que la presente en su nombre, normalmente el siguiente comprador, por ejemplo el aserradero o el comerciante con el que ya trabaja.
Para el representante el esfuerzo es asumible: puede presentar por muchos mandantes desde una sola cuenta. La responsabilidad sobre la exactitud de los datos sigue siendo suya; solo se delega la tramitación técnica.
Preguntas frecuentes
¿Un carpintero debe presentar una declaración de diligencia debida propia?
Depende del origen de la madera. Si transforma madera aserrada que su proveedor ya ha comercializado con una declaración de diligencia debida, desde la modificación de 2025 es operador posterior y solo registra los números de referencia, sin declaración propia. Si importa la madera usted mismo (por ejemplo, madera tropical) o compra madera que aún no está cubierta, es primer operador y debe presentar una declaración propia a través de TRACES NT.
¿Le basta a un carpintero con un certificado FSC o PEFC?
No. FSC y PEFC no sustituyen la diligencia debida, pero reducen el riesgo y facilitan la evaluación. Debe seguir documentando el origen y la referencia de declaración de sus entregas de madera. Más al respecto en Certificados: FSC, PEFC y FLEGT.
¿Qué ocurre si un proveedor no facilita datos?
Entonces le falta un justificante obligatorio y no puede introducir sin más el producto acabado en el mercado. Hable con el proveedor a tiempo; más al respecto en ¿Qué hacer si el proveedor no colabora?